Crisis habitacional: ¿Qué caminos plantea la propuesta constitucional en torno a la vivienda?
Por Comunicaciones VID
Fuente: Noticias U. de Chile 01/09/2022
Entre los contenidos más comentados de la propuesta constitucional se encuentra el derecho a la vivienda y el tema habitacional. Especialistas de la Universidad de Chile abordan la realidad del país, donde una de cada 10 familias no tienen acceso a una vivienda adecuada, y lo que propone el texto constitucional que se votará este domingo 4 de septiembre.
Con una escasez de más de 600 mil viviendas y una sensación generalizada de vulnerabilidad, el escenario habitacional chileno se encuentra en crisis. A ello se suman las cerca de 80 mil personas que habita en campamentos, mientras que el 90% de la población vulnerable actualmente vive como allegada, en precarias condiciones y con problemas multidimensionales. En este contexto, y de cara al plebiscito constitucional que se realizará este domingo 4 de septiembre, académicos y académicas de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo (FAU) de la Universidad de Chile analizan las propuestas del texto en esta materia.
Frente a este problema, el pasado mes de julio, el Gobierno presentó el Plan de Emergencia Habitacional (PEH), el cual busca cubrir cerca del 40% de la demanda habitacional, principalmente en las regiones Metropolitana, de Valparaíso y Biobío. Dentro de las medidas, el PEH contempla robustecer el Banco de Suelo del Estado para asegurar el espacio que requiere cada proyecto habitacional estatal y el levantar 260 mil inmuebles entre el 2022 y el 2025.
En paralelo, se encuentran las acciones futuras que deberán emplearse de ser aprobada la propuesta constitucional que, en su capítulo II, detalla los derechos fundamentales y garantías para la vida digna, incluidas las aristas vinculadas a los problemas habitacionales.
Para el ex director del Instituto de la Vivienda (INVI) de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo e integrante del Programa de Reducción de Riesgos y Desastres (CITRID), Ricardo Tapia, es urgente una acción coordinada para enfrentar la problemática. “En tales estimaciones, hay que considerar que la población nacional seguirá aumentando por crecimiento vegetativo y migrante”, sostiene.
La académica de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo e investigadora del INVI de la U. de Chile, Mónica Bustos, añade que “sumado al déficit de viviendas, también está la importante segregación urbana que tenemos en nuestras ciudades. No es solo que la gente no tenga techo, sino que hay mucha desigualdad urbana y existen muchas realidades habitacionales: gente que vive en la calle, gente sin ningún respaldo de alguna organización social, gente que vive organizada en tomas, gente que vive de allegada, gente que arrienda o que tiene su propia casa, por lo que la respuesta debe ser capaz de abordar este abanico de diversidades”.
Por su parte, Yasna Contreras, académica del Departamento de Geografía de la FAU y fundadora del IG ViviendaMigrante, plantea que el escenario actual presenta varios desafíos que pretenden ser abordados por el PEH y la propuesta de nueva Constitución. En detalle, la profesora destaca que los principales tienen que ver con la reducción del déficit habitacional que propone el plan del MINVU, lo que levanta interrogantes sobre descentralización, el traspaso de recursos económicos y los criterios en las decisiones de los nuevos territorios considerados, entre otras aristas.
La nueva y la antigua Constitución en materia habitacional
Siendo uno de los principales impedimentos de intervención estatal, la Constitución Política que se encuentra vigente no establece en ninguno de sus apartados la relevancia del derecho humano a la vivienda. La nueva propuesta constitucional, en cambio, expone en diversos espacios la importancia de la materia habitacional para el país.
Entre ellos se encuentra el Artículo 51, que establece que “toda persona tiene el derecho a una vivienda digna y adecuada”, que permita “el libre desarrollo de una vida personal, familiar y comunitaria”. Luego, el Artículo 52, propone el derecho a la ciudad y al territorio como un aspecto colectivo orientado al bien común, basándose en el ejercicio pleno de los derechos humanos en el territorio, en su gestión democrática y en la función social y ecológica de la propiedad.
La profesora Bustos explica que las diferencias entre ambos escritos se debe a que históricamente las lógicas de políticas de vivienda en Chile han instalado el tema desde la idea de propiedad, llamando a la acción al Estado sobre cuántas viviendas se deben construir para superar el déficit. “La idea de la propiedad se intensifica con la Constitución del 80’, por motivos que tienen que ver con el rol subsidiario de protección y fomento a privados, así como también por la pérdida de muchos otros derechos sociales, presionando a las personas a la idea de conseguir una propiedad privada como sinónimo de bienestar”, asegura.
La académica afirmó que la propuesta “indica que toda persona tiene derecho a una vivienda digna y adecuada. Con base en esto, el Estado debe responder a la serie de requerimientos que tienen las personas como un principio básico garantizado que, no define solo un tipo de vivienda, sino que, independiente su tipo, sea digna y adecuada”.
La profesora Contreras, en tanto, destaca que la no consideración del tema habitacional en la actual Constitución ha significado irregularidades para las personas, pues «con el tiempo, se unió a una política de desarrollo urbano que sostiene que el suelo no es un recurso escaso». Sin embargo, «lo que sí hizo la Constitución del 80 es enquistar que la vivienda, en sentido de propiedad, es lo único que supuestamente da arraigo a las comunidades«.
Asimismo, indica que la propuesta constitucional «avanza en reducir muchos riesgos, como -por ejemplo- externalizar la construcción de viviendas de interés social a empresas que no cumplen o no construyen con calidad la vivienda. Será el Estado quién tendrá más deberes, pero acá, a mi juicio, se plantean otro desafíos, ampliar el SERVIU, pensar cómo incorporar la decisión técnica por sobre la política, como sucedió en otras décadas».
Respecto a la propuesta de texto constitucional en esta materia, ex director del INVI asegura que representa un gran avance en derechos para las y los ciudadanos, situando garantías al escenario habitacional chileno, las cuales ya existen en otros países de la región como México, Bolivia, Ecuador y Brasil. En este sentido, destaca que “el derecho a la ciudad y al territorio implican políticas de ordenamiento territorial sustentables, tales como el crecimiento de asentamientos humanos en donde esté garantizada el agua, y comprende que el hábitat residencial no es solo la vivienda, sino también, los equipamientos complementarios, como la accesibilidad, el transporte, las áreas verdes, la salud, la educación y la seguridad, entre otros”.
Finalmente, el profesor Tapia afirma que los desafíos, en caso de aprobarse la nueva Constitución el próximo domingo, tendrán que ver con “la búsqueda de equilibrios y articulaciones entre inversiones públicas y privadas. Esto implica, a su vez, correspondencia con políticas sectoriales de desarrollo de tipo económicas, energéticas y rurales, en una temporalidad de a lo menos 10 años desde su partida hasta su efectiva implementación”.