Vivienda en Chile: de un sueño a un derecho fundamental

Por Carolina Meza Prambs y Priscila González Yáñez

Fuente: El Mostrador 05/04/2022

Está claro que la mera consagración de la vivienda como un derecho en la Constitución no es suficiente para superar los problemas existentes y los déficits habitacionales. Se requiere mucho más que eso, se requiere que la vivienda cumpla con los estándares de asequibilidad y adecuación necesarios para ser digna y no un mero bien de consumo. Sin embargo, la incorporación en el texto constitucional permitirá al Estado poder actuar realmente en la materia, teniendo facultades y prerrogativas en el tema, es decir, teniendo un rol más activo, pudiendo intervenir en el mercado de la vivienda y no dejando todo a la regulación de la oferta y la demanda.

En las últimas décadas se ha consolidado en nuestro país la percepción de la vivienda como un sueño. El llamado “sueño de la casa propia” es reflejo de que el acceso a la vivienda en Chile es concebido como un bien de consumo inalcanzable y no como un derecho fundamental de carácter social.

El proceso constituyente que vive nuestro país abre una importante oportunidad de resignificar cómo concebimos la vivienda. Por eso, desde el Núcleo Constitucional de la Universidad Alberto Hurtado proponemos a la Convención Constitucional incorporar en el nuevo texto: “El derecho de toda persona a acceder a una vivienda digna, segura y la oportunidad de organizar su vida en un entorno adecuado para disfrutar de ella”.

La necesidad de este cambio y el problema de la vivienda en Chile queda de manifiesto en dos dimensiones. Por un lado, desde su dimensión económica, por el alto precio de la vivienda que hace que acceder a ella sea inalcanzable para muchas familias; y por otro, desde su origen, dada la falta de consagración de la vivienda como un derecho constitucional y la ausencia de una normativa que regule la materia y que fije los parámetros en los que se desarrolla el mercado inmobiliario y la asignación de viviendas. Lo anterior se produce porque la visión subsidiaria del Estado imperante en Chile ha generado la postergación de las políticas de vivienda, dando prioridad a un sistema de vouchers o subsidios.

La consagración de este derecho a nivel constitucional es clave, porque su ausencia tiene como consecuencia la imposibilidad de gran parte de la población de ejercer dicho derecho. La accesibilidad económica a la vivienda es un tema crítico principalmente para las familias con menores ingresos del país, lo que se acentúa con el aumento sostenido de su precio. El índice de Precios Inmobiliario Clapes UC-Real Data muestra que, entre enero de 2007 y diciembre de 2019, solo en la Región Metropolitana, el precio de las casas sufrió un incremento real del 87%, mientras que el precio de los departamentos se incrementó en un 103%. Lo anterior se vio aún más acentuado producto de la pandemia.

Aunque en Chile las familias gastan en promedio el 18% de su ingreso disponible bruto para mantener una vivienda —cifra que es menor al 20% del promedio de la OCDE—, el promedio nacional esconde grandes diferencias por nivel socioeconómico, esto debido a que el 36% de los hogares más pobres del país destina más del 40% de sus ingresos en vivienda (OECD Better Life Index, 2020). En efecto, el 53,8% de quienes están en el quintil de menores ingresos realiza este sobreesfuerzo económico para pagar el arriendo (la segunda cifra más alta de todos los países de la OCDE), y el 31% lo hace para pagar una hipoteca (OCDE, 2018).

En este sentido, las soluciones habitacionales que el Estado de Chile ha entregado en las últimas décadas a los sectores más vulnerables se han centrado en viviendas sociales construidas en la periferia con problemas de accesibilidad, equipamiento y disponibilidad de servicios. Y el origen de esta segregación urbana está en que la ciudad es planificada en la práctica por el mercado, lo que lleva a que las ciudades se ordenen de acuerdo con la capacidad adquisitiva de las personas, es decir, quienes tienen menos ingresos son marginados de las zonas de la ciudad en las que se concentran los mejores bienes públicos y los servicios de mejor calidad.

Más allá de cada causa directa, el problema de fondo es que en Chile la vivienda no es vista como un derecho social sino como un bien de mercado. Tal como explican los expertos urbanistas Vergara y Aguirre: “Cuando se deja de ver la vivienda como un hogar y se comienza a ver exclusivamente como un producto mercantil, su condición de bien sin sustitutos y su aumento de valor en el tiempo, la hacen ser competitiva con otros fenómenos especulativos como las inversiones bursátiles, fondos mutuos, o incluso las mismas AFP”.

¿Qué es entonces lo que deberíamos consagrar en la nueva Constitución? Se requiere la consagración como derecho fundamental de una vivienda adecuada, digna y segura con acceso a los servicios básicos, teniendo el Estado el deber de cumplir un rol en las políticas de vivienda.

El rol del Estado en los temas de derechos sociales en general y del derecho a la vivienda en particular, debiera ser un rol prestacional y activo donde se generan una serie de obligaciones concretas, las cuales no pueden ser postergadas indefinidamente.

Está claro que la mera consagración de la vivienda como un derecho en la Constitución no es suficiente para superar los problemas existentes y los déficits habitacionales. Se requiere mucho más que eso, se requiere que la vivienda cumpla con los estándares de asequibilidad y adecuación necesarios para ser digna y no un mero bien de consumo. Sin embargo, la incorporación en el texto constitucional permitirá al Estado poder actuar realmente en la materia, teniendo facultades y prerrogativas en el tema, es decir, teniendo un rol más activo, pudiendo intervenir en el mercado de la vivienda y no dejando todo a la regulación de la oferta y la demanda.

Además, la ciudadanía podrá exigirlo directamente a las autoridades públicas y ante tribunales, algo que hasta ahora es impensado. Por lo anterior, se requiere de una ley general de vivienda y urbanismo, donde se establezcan los límites dentro de los cuales se puede mover el sector privado.

Para facilitar el acceso a la vivienda adecuada y digna, también es clave que un nuevo marco regulatorio consagre el derecho de las personas a la ciudad, de modo que la vivienda de toda persona esté conectada a los servicios urbanísticos que aportan a la calidad de vida. El reconocimiento de este derecho implicaría que el lucro deje de ser el principal ordenador de la ciudad y la principal preocupación del urbanismo.

En síntesis, el proceso constituyente que estamos viviendo abre una gran oportunidad para impulsar un cambio en la forma como concebimos la vivienda. La consagración de este derecho en la nueva Carta Magna y la activación del Estado en esta materia, sin duda, contribuirían a que la vivienda digna deje de ser solo un sueño y un privilegio, y se transforme en un derecho social para todas y todos.

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