Falsos constructores de viviendas fueron condenados a 3 años de libertad vigilada
Por Soy Puerto Montt
Fuente: SoyChile 15/04/2021
Se acreditaron estafas a cinco personas quienes entregaron diversas cantidades de dinero a los dos condenados.
A 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, condenó el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt a una pareja tras ser confirmada su autoría en el delito consumado y reiterado de estafa, ilícito perpetrado entre diciembre de 2015 y junio de 2017.
El tribunal dio por establecido que durante 2015 y 2016, a través de redes sociales y mediante difusión en su círculo social, el hombre y la mujer “sin detentar oficio o profesión relacionada con el rubro de la construcción ni haber iniciado actividades en un giro afín, con el propósito de defraudar a terceros, promocionaban la empresa imaginaria de nombre ‘Ecoenergía’, de la que ambos ostentaban ser titulares y representantes, empresa que no se encontraba constituida legalmente, aparentando seriedad, experiencia y solvencia».
El fallo agrega que «con este engaño, contactaron clientes y generaron confianza en las víctimas quienes contrataron con ellos e hicieron pagos a fin de obtener sus servicios para la construcción de viviendas, en circunstancias de que los acusados nunca tuvieron la intención de llevar a efecto cabalmente dichos contratos, ni contaban con los medios materiales, humanos o técnicos para la realización de los servicios prometidos, siendo su único propósito defraudar a sus clientes». Señalar que fueron cinco las estafas acreditadas.
En el aspecto civil, el tribunal acogió la demanda interpuesta por el abogado Ignacio Herrera Mery en representación de Julia Andrea Sanz Valenzuela, en contra de ambos acusados “sólo en cuanto se les condena a pagar solidariamente a la actora la suma de $18.480.000 por concepto de daño emergente y $1.000.000 por concepto de daño moral, en sus calidades de autores de los hechos que el tribunal tuvo por establecidos”.
El tribunal aplicó además a los condenados las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena; más el pago de una multa de 12 UTM cada uno. En la causa, el tribunal acogió la circunstancia atenuante de irreprochable conducta anterior.
Finalmente, aclarar que en el presente reporte no se entregan los nombres de los condenados porque el tribunal prohibió revelar su identidad.