Se vulnera el derecho de propiedad de los débiles

COMO EFECTO NO DESEADO del boom inmobiliario, algunas constructoras violan los derechos de propiedad de los vecinos colindantes a los terrenos donde se realizan excavaciones profundas. Para rentabilizar más sus inversiones e impedir derrumbes, se introducen anclajes postensados en los subsuelos de predios que no les pertenecen. Las constructoras lo hacen sin la autorización de los vecinos, aprovechándose del laissez faire imperante.

Continúa…

por Patricio Herman P., Agrupación Defendamos la Ciudad

Esta irregularidad fue denunciada a la entonces ministra de Vivienda Sonia Tschorne, a quien le propusimos que la técnica constructiva que producía las anomalías se normara en la regulación urbanística con el propósito de respetar el derecho de propiedad de los vecinos adyacentes a las excavaciones objeto de la disputa, porque los artículos 582 y 700 del Código Civil aseguran la inviolabilidad del dominio de los terrenos. Planteamos que los dueños de éstos autorizaran por escrito la utilización de sus subsuelos.

La secretaría de Estado nos contestó que “el propietario posee el derecho exclusivo sobre el terreno propio y no puede disponer de la propiedad de los vecinos colindantes (…) el propietario del terreno está facultado para realizar todas las obras de edificación que estime conveniente en su propio predio, pero no puede construir entibaciones que requieren de anclajes y tirantes que penetren y ocupen la propiedad de los vecinos, salvo que tenga la autorización expresa de los propietarios vecinos”: impecable respuesta.

Pero la racionalidad fue efímera. Los inversionistas se acercaron al ministerio a pedir que esta decisión quedara sin efecto. Y les fue bien. Porque el 1 de febrero de 2005 se promulgó el Comunicado Ordinario 50, que está firmado por la jefa de Desarrollo Urbano del Minvu. Éste señala que la materia objeto de debate “fue estudiada por una mesa de trabajo multisectorial constituida por representantes de diversas instituciones relacionadas con la construcción, y quienes acordaron no incluir este tema en la regulación” (sic). Más aún, apoyando la decisión, la Contraloría, sin tener en cuenta nuestro Código Civil respecto del derecho de propiedad, informó que “esta técnica no contraviene la normativa aplicable y que es ampliamente avalada por los expertos en la materia, por lo que, en caso de comprobarse algún perjuicio con su utilización que afecte a terceros, dicha situación revestiría carácter netamente litigioso y, por ende, sería de competencia de los tribunales de justicia”.

Debido que la introducción de elementos sólidos extraños en los subsuelos de los terrenos colindantes a las excavaciones ha producido daños en las viviendas instaladas en la superficie -la mayoría de antigua data-, una vez más insistimos ante el ministerio para que regule esta situación. El resultado lo conocimos hace poco tiempo en la Circular Ordinaria 249, que fue promulgada el 12 de abril de 2007: en ella el servicio público entrega todas las facilidades a las empresas constructoras para que hagan lo que deseen en función de sus propios intereses y necesidades de edificación, mencionando que los vecinos perjudicados pueden recurrir a los tribunales. Conocedores del comportamiento de la justicia en estos litigios, los diferentes grupos ciudadanos que se desenvuelven voluntariamente en este ámbito de materias deberán aunar esfuerzos para llevar el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ello, debido a que las instituciones públicas en nuestro país han dado muestras palpables de que los ciudadanos no cuentan para nada y, en tal sentido, la combativa Red Ciudadana por Ñuñoa junto con la nuestra, y todas aquellas que reivindican el desarrollo sustentable de la ciudad, tendrán que invocar a este alto organismo de justicia internacional, que tiene su sede en Costa Rica. Estamos ciertos que el tribunal fallará instruyendo al Gobierno en defensa de los ciudadanos, tal como ya lo ha hecho en ocasiones anteriores.

Fuente: La Nación Martes 8 de mayo de 2007

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.