Las nuevas “viviendas sociales” de la clase media

Los edificios se multiplican por el Gran Santiago, pero con ello no aumenta su calidad. El Colegio de Arquitectos prepara un informe al respecto. Y acá damos las indicaciones en caso de que usted sea de aquellos que pasó del deseo por un departamento a la decepción de tenerlo.

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por Dalia Rojas

Mientras las llamadas viviendas sociales se amplían y mejoran sus estándares de calidad, ubicación y espacio, el mercado de los departamentos destinados a las clases medias muestran señales opuestas. Esto, a pesar de que en Santiago, según datos de la Cámara Chilena de la Construcción, durante los primeros meses de 2007 la venta de casas disminuyó un 28,2%, mientras que la de departamentos aumentó un 17,8%.


Un alza que no parece ir de la mano con su calidad. Pisos en mal estado, instalaciones eléctricas y de agua potable deficientes, filtraciones, hongos en las paredes y deficiencias en las terminaciones son sólo algunos de los desperfectos con que se encontraron más de veinte propietarios en el edificio “Parque Macul”, y que fue denunciado en La Nación. No se trata precisamente de viviendas sociales, ya que el más barato, según lo anunciado por su publicidad, cuesta 1.540 Unidades de Fomento.

Un fenómeno que está lejos de ser una excepción como bien lo sabe el Colegio de Arquitectos de Chile, que está trabajando a toda máquina en la elaboración de un estudio sobre la calidad de las viviendas.

Según explica Iván González, miembro del Comité de Vivienda del Colegio de Arquitectos, las malas terminaciones y desperfectos son sólo un detalle dentro de la materia. Para él lo central en los nuevos departamentos, además de aquello, es el poco espacio y la falta de aislamiento.

Ya no es como antes

“Las superficies que se ofrecen no son exactamente las útiles del departamento, porque muchas veces influyen superficies de áreas comunes. Por otra parte las dimensiones son bastante exiguas, sobre todo en los sectores de estar. No puede haber un living de tres por tres metros”, protesta. Según él, esto antes no era así en los edificios de departamentos: “La Villa Olímpica, que son viviendas sociales, tienen 84 metros cuadrados útiles. En esa época no bajaban de los 70 metros cuadrados. Para una familia yo creo que es lo mínimo aconsejable. El aislamiento termoacústico es otro tema que hay que abordar, porque en general los edificios contaban con muros de ladrillos gruesos, que tenían una mejor calidad de aislamiento”, dice y acusa que en ninguna parte está reglamentado el espacio mínimo de un departamento. “Se ha incentivado la construcción de edificios por subsidios de ubicación y eso no está mal en principio, para evitar que la ciudad siga creciendo, pero no hay fiscalización adecuada. El espacio debiera estar regulado, eso requeriría modificaciones a la norma”, dice.

Según la actual Ley de Calidad de la Vivienda, el responsable de fiscalizar las construcciones es el Director de Obras de cada municipio, pero González añade que la responsabilidad es “sólo en términos urbanísticos. La legislación es muy confusa y defiende muy poco al usuario. En esa ley se modificó la responsabilidad que antes estaba en manos de los municipios, y fue trasladada a los profesionales. Las empresas, para guardar sus nombres hacen reparaciones, pero siempre y cuando sean menores. En caso de fallas, hay que ir a tribunales”, explica.

El que vende, paga

En el Ministerio de Vivienda explican que efectivamente, de haber diferencias entre una empresa y un adquirente, lo que corresponde es ir a tribunales, pero añaden que en la Ley de Calidad de la Vivienda están explícitas las garantías por reparaciones en un inmueble, y el responsable es siempre el primer vendedor.

El jefe de la División Técnica de Estudio del Minvu, Héctor López, explica que para las fallas en las estructuras de una construcción la garantía es de 10 años contados desde la recepción municipal de la obra; para las terminaciones la ley señala un plazo de 3 años de garantía contados desde el momento de la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces de la vivienda a nombre del comprador, y para las instalaciones y obras no incluidas en los dos casos anteriores el plazo de garantía es de 5 años. “Las personas que se vean afectadas por alguna falla en su vivienda deben tomar contacto de inmediato con quien le vendió la casa o departamento y solicitar la reparación del daño. Si esto no prospera, al comprador lo ampara la ley y debe recurrir a los tribunales ordinarios, quienes en juicio sumario, es decir, en un muy corto plazo resuelven respecto de la situación”, aconseja el profesional.

Pero, además, añade que si una persona percibe que un director de obras municipales no está cumpliendo con su trabajo de manera correcta, ésta puede acercarse a la Seremi de Vivienda o a la Contraloría General de la República y denunciar el hecho.

Batalla legal

El director del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), José Roa, explica que en esa institución se presta asesoría a los consumidores que han recibido un departamento en mal estado y que la Ley del Consumidor se aplica de manera complementaria a la Ley de Calidad de la Vivienda. “Los consumidores tienen derecho a información previa, de manera de saber con exactitud qué están comprando y cuáles son sus restricciones y condiciones relevantes de manera que no pasen del entusiasmo de la compra a la decepción cuando lo ofrecido no guarda relación con la realidad”. Añade que la ley incorpora las condiciones de la publicidad al contrato, de tal manera que si un folleto publicitario ofrece determinado tipo de equipamiento, de característica, las viviendas deben cumplirlas. Pero coincide con el ministerio del ramo y el Colegio de Arquitectos: la batalla final se da en tribunales.
Fuente: La Nación Lunes 18 de junio de 2007

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