¿Qué cambios habrá en la división de parcelas en Chile?
Por El Observador
Fuente: El Observador 25/07/2022
SAG deberá coordinar con Minvu y los municipios ante la sospecha de nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación territorial.
El Ministerio de Agricultura envió un instructivo a las Direcciones Regionales del SAG, con un llamado a aplicar la facultad consagrada en el artículo 46 de la Ley N° 18.75, con relación a lo previsto en el D.L.N. 3.516 de 1980.
En el fondo, lo que hace el instructivo es solicitar que el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) utilice las facultades que dispone cuando el Servicio debe evaluar una solicitud de certificación de subdivisión de predios rústicos, para los casos en los que por ejemplo, se desea crear una parcela de agrado.
APLICAR LA FACULTAD FISCALIZADORA VIGENTE EN LA LEY
En caso de que el SAG advierta “situaciones que pudieren dar cuenta que el proyecto importa un eventual cambio del destino de los lotes o de una vulneración de los artículos 55° y 56° de la LGUC, deberá suspender la tramitación”, indica el instructivo.
Además, el SAG deberá requerir informes a las Secretarías Regionales de la Vivienda y Urbanismos respectivas, para que las subdivisiones y construcciones en terrenos rurales con fines ajenos a la agricultura, no originen nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana-regional y/o de la municipalidad respectiva.
De acuerdo con el Ministerio de Agricultura, a través del SAG, la proliferación de proyectos inmobiliarios de manera desproporcionada al margen de la planificación territorial, “está ocasionado un grave daño en el equilibrio ecológico de los territorios (afectación al bosque nativo, al suelo, a la fauna silvestre, al agua, etcétera)”.
¿SE PROHÍBEN O NO LAS PARCELACIONES?
De acuerdo con el ministro de Agricultura, Esteban Valenzuela, no se prohíben las parcelaciones.
“Ante las solicitudes de certificación de subdivisión de predios rústicos y frente a sospechas fundadas de que es evidentemente una urbanización a escondidas, con razones habitacionales, en estos casos vamos a consultar al Minvu y/o a los municipios respectivos“, dijo Valenzuela.
De acuerdo con un artículo publicado en el sitio web del Ministerio de Agricultura, “estudios indican que estas parcelaciones generan un deterioro de los sistemas agroproductivos, por subdivisión de suelos para uso habitacional que tienen una alta vocación para la producción agrícola, una amenaza a la sustentabilidad local, por ejemplo, sobredemanda de sistemas de Agua Potable Rural en lugares en donde el recurso ya es escaso“.
“Lo que se está haciendo desde el Minagri es velar por que la legislación que existe se cumpla (…) Recientemente los tribunales de justicia determinaron la obligación de que el Ministerio de Agricultura se coordine para velar por el cumplimiento de esas prohibiciones. Y coordinarse significa requerir informes a otros organismos pertinentes, especialmente en el tema de urbanismo y construcción con el Minvu y eso es lo que estamos haciendo”, explicó el asesor jurídico del Ministerio de Agricultura, Jorge Maluenda.
Puedes descargar el instructivo del Ministerio de Agricultura en el siguiente enlace:
Instructivo por parcelaciones del Ministerio de Agricultura.